Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: IRMA MARIA CAMACHO MEJIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 10.729.821, inserta bajo el Nº 660, del año 1.971, de los libros de Registro de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa y archivado por ante el Registro Principal del Municipio Guanare estado Portuguesa, durante los referidos años.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO ante descrito, en lo que respecta al primer y segundo nombre de la madre de la solicitante, el cual se asentó erróneame.....