Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A propuesta por el ciudadano HÉCTOR JOSÉ FERNÁNDEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.908.506, con domicilio en la Urbanización Juan Pablo II, Sector I, Manzana S3, casa N° 3, de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído con la ciudadana NAIKELI ROSMARY PÉREZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.544.453, de este domicilio, en fecha nueve de diciembre de d.....