En consecuencia, al ser analizadas y valoradas las pruebas cursantes en autos, así como las declaraciones rendidas por los testigos promovidos en la presente solicitud, determinando quien aquí juzga no hubo oposición a la misma, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 937 del Código de Procedimiento Civil concatenado con el artículo 822 del Código Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos Norelbys del Carmen Delgado Fernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.049.915, domiciliada en las Cruces, Parroquia Uvencio Antonio Velásquez, sector Las Palmitas, calle principal, casa S/N, Municipio Sucre del estado Portuguesa, y al ciudadano Alex José Rodríguez D.....