De lo expuesto anteriormente y aunado a la norma legal en comento y al no haberse formulado ninguna oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, conformidad con el dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle el derecho a la ciudadana; Soni Marilia Fernández González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.466.238, a sus hermanos, Pedro Manuel Fernández González, Pedro Miguel Fernández González y Pedro Mauricio Fernández González, en condición de hijos legítimos y a su señora madre Carmen Teresa González de Fernández en su condición de cónyuge sobreviviente, todos Venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cedulas de identidad Nros: V- 11.541.638, V-12.895.236, V- 18.100.673, y V- 4.125.098, respectivamente, la condición de .....