Por las motivas anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de Cuerpos de los ciudadanos: CARMEN YUDITH GUEVARA FAJARDO Y JOSE RAMON COLLANTES PACHECO, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nrsº V.-6.642.311 y V- 12.935.972, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 18 de abril de 2013, por ante El Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, cuya acta quedó inserta bajo el Nº 15-11 del Libro de Matrimonio Civil del año 2013.
TERCERO: Remítase copias certificadas de la presente decisión a la Registro Civil del Municipio Guanare, al Reg.....