De lo expuesto anteriormente y aunado a la norma legal en comento y al no haberse formulado ninguna oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, conformidad con el dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle el derecho a los ciudadanos:XIOMARA VIRGINIA PERDOMO PINEDA,DANIEL JOSÉ LEONARDI PERDOMO y DAVID RAFAEL LEONARDI PERDOMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-12.367.376,V-27.937.029 y V- 31.751.441 respectivamente, la primera ensu condición de cónyugey los últimos en su condición de hijosdel causanteLISANDRO JOSÉ LEONARDI BARAZARTE,quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.256.906, quien falleció ab intestato, el día veinticuatro de octubre del año dos mil veintidós (24-10-2022), en el Hosp.....