De lo expuesto anteriormente y aunado a la norma legal en comento y al no haberse formulado ninguna oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, conformidad con el dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle el derecho a la ciudadana; Isabel Arcadia Agüin Fajardo, Nº V- 1.213.269, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en sus condición de hermana del causante Mariano Rodolfo Agüin Betancourt quien era soltero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-3.834.446, fallecido ad intestato, el día 15 de Abril de 2021, en el Municipio Guanare estado Portuguesa, según se evidencia de la copia certificada del acta de defunción Nº 343, tomo 2, folio 100, de fecha 29/04/2021.
Sin que pretenda por este procedimiento, la apertura de la sucesión. Quedando a.....