Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos EVARISTO CONSTANTINO ROSALIO DE JESUS CORREA, CARLOS ALBERTO CORREA NIEVES Y BARBARA AMANDA CORREA NIEVES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.733.888, V-10.729.919 y V-13.040.421 respectivamente, la existencia de su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus FLORENCIANA DEL CARMEN NIEVES DE CORREA, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-1.925.061, y quien falleció ab intestato, el día 22 de mayo del año 2016, en Guanare estado Portuguesa, a causa de insuficiencia respiratoria aguda. Sin que preten.....