DISPOSITIVA:
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos: Wilmer Agirre Pérez Rojas y Yamaira del Valle Hernández Pérez, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el primero (01) de febrero del dos mil trece, según lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha doce (12) de febrero del dos mil diez (2010), por ante la Dirección del Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, tal como se evidencia del Acta Nº 14.
Publíquese, regístrese y déjese copia.....