DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: María Aleida Briceño Palma, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.906.683, en representación de su hijo: xx, contra el ciudadano: José Gregorio Castellanos Betancourt, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.805.314 y fija la cantidad de dos mil bolívares (Bs 2.000,00) mensuales, más el doble de la cantidad en el mes septiembre para útiles escolares y en el mes en de diciembre para los estrenos decembrinos, y el 50% de los gastos por consulta medica y medicamentos.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sellado y Refrendado en la Sala de d.....