DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Yloina del Carmen Bolívar Justo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 20.543.833, en representación de sus hijos xxx, de 12, 10, 09, 07 y 05 años de edad, contra el ciudadano Yhonni Alcides Rojas Bracamonte, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 16.327.983 y fija la cantidad de dos mil bolívares (Bs 2.000,00) mensuales, el doble de la cantidad en el mes diciembre para gastos decembrinos, más el 50% en gastos por consulta médica y medicamentos en caso de enfermedad.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sellado y Refr.....