DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Nelly Migdalia Hidalgo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 15.308.432, en representación de su hijo xx, de 12 años de edad, contra el ciudadano: Limber Morón Montaña, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 12.509.421, y fija la cantidad de un mil quinientos bolívares (Bs. 1.500,00) mensuales y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para útiles escolares y estrenos decembrinos, más el 50% de gastos por consultas medicas y medicamentos.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sella.....