Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia
en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en
el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al
ciudadano Alexander Totumo Fanay, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias
antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de
Certificación de Medidas de Linderos, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del
Municipio Sucre estado Portuguesa en fecha Veinte (20) de Febrero del dos mil Diecinueve (2019). Para el
levantamiento del presente titulo supletorio.
Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza.
Abg. Thayrha.....