En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de la obligación de manutención formulada por la Abogada HYRVIC QUINTERO PARADA, procediendo en su condición de Fiscal Provisorio Cuarto del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en resguardo de los derechos del adolescente y a requerimiento de la ciudadana FLOR MARIA MEJIA HERNANDEZ, en su carácter de representante de su hijo ---- en contra de demandado CARLOS COROMOTO HIDALGA VALDERRAMA .
SEGUNDO: Se aumenta la obligación de manutención mensual en la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,oo), a r.....