Por las razones y consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano GABRIEL JOSE SUAREZ GALINDEZ, asentada en el Libro de Nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, bajo el Nº 2234, de fecha 23-09-2004, todo de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil. En consecuencia, se ordena la corrección de la referida Acta de Nacimiento en el sentido de que se inserte correctamente Primero: Coloco el numero de cedula N° V-15.493.211, siendo esto incorrecto; siendo lo correcto el numero de cedula N° V-17.278.527. Segundo: Coloco el primer nombre de la madre YOSELYS, siendo esto incorrecto; siendo lo co.....