Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos KENDRYS MIRELIZ GONZALEZ ALVAREZ y CARLOS ALEJANDRO MENDOZA CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, casados, civilmente habiles, titular de las cedulas de identidad Nros. V-26.593.429 y V-26.442.764, respectivamente de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio NOELIA ROJAS JAIME e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 138.137.
En consecuencia, de conformidad en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos KENDRYS MIRELIZ GONZALEZ ALVAREZ y CARLOS ALEJANDRO MENDOZA CAMACHO, quienes manifestaron en su escrito libelar haber contraído matrim.....