En consecuencia, conforme al artículo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos LILIAM TERESA CORDERO CORDERO Y NAUDI MORTIMEL TORREALBA GALLARDO, en fecha 05 de Mayo de 1993, ante la Prefectura de Municipio Araure Estado Portuguesa, según Acta N° 145.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, a los 24 días de Septiembre del Dos Mil Diecinueve (2019).
Años 209° y 160°.
Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
Secretaria Accidental,
Abg. MARITZA HENRIQUEZ.
En la misma fecha se publicó, siendo las 9:30 am. Conste.
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