Por cuanto, no hubo oposición, Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil, DECLARA a los ciudadanas: GLADYS JOSEFINA MENDEZ DE BLANCO, BLANCO MENDEZ JUAN CARLOS, BLANCO MENDEZ EDUARDO ALBERTO y BLANCO MENDEZ CARLOS EDUARDO, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante JUAN RAMON BLANCO PEREIRA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.459.765 y falleció ab-intestato el 18 de Noviembre del Dos Mil Veintiuno (2021), a consecuencia de DEFICIENCIA RESPIRATORIA IRB NEUMONIA ATIPICA PROBABLE, según consta del acta de defunción N° 1468, emitida por la oficina de Registro Civil Araure Páez del Estado Portuguesa, todo conforme a lo estableci.....