D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de Acta de Nacimiento, intentada por el ciudadano NEPTALI DE JESUS PAEZ AGÜERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.851.446, hábil de este domicilio, SEGUNDO: Se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento inserta en fecha 26 de Octubre de 1970 bajo el N° 2058, en los Libros de Registro de Nacimiento llevados por el Registro Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa, TERCERO: Se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento N° 2058, en los Libros de Registro de Nacimiento llevados por el Registro Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa, d.....