Con base a los dispositivos fundamentos de derecho, antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos MARY YOLANDA HERRERA PARRA y EDGAR ALEXANDER BRAVO LISCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números. V-14.272.242 y V-14.347.846, respectivamente, la primera de los nombrados domiciliada en la Urbanización Llano Alto, Campo Naranjillo Casa Nº 33, y el segundo en la Urbanización 12 de Octubre, calle 06, entre avenidas 5 y 6, casa Nº 2, ambos domicilios pertenecientes a la ciudad de Acarigua Municipio Páez del estado Portuguesa; asistidos por la Abogada SILVA FRIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 194.474, en v.....