DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: GENESIS YENNYMAR CORDERO GARCÍA y ROBERT ELISAUL MOLINA SOTELDO, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad números. V-24.091.221 y V-18.672.467, respectivamente, domiciliado la primera de los nombrados en el Barrio Brisas del Paraíso, Avenida Principal, con callejón uno (01), y el segundo en el Barrio Campo Lindo, calle 25 entre avenidas 24 y 25 Casa N° 2523, ambos domicilios en la ciudad de Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa; asistidos por la Abogada MARÍA ROSARIO MÉNDEZ MORA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.766; de conformidad.....