Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio interpuesta por los ciudadanos LUÍS JOSÉ SUÁREZ MÉNDEZ y MARIALEJANDRA GUERRERO CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-11.546.637 y V-20.025.059, respectivamente, domiciliados el primero, en la Urbanización Bellas Artes, calle Vicente Salas sector 4, manzana 15, casa N° 294 de la ciudad de Acarigua, del Estado Portuguesa y la segunda, en el edificio MAURACO, apartamento signado con el Nº 5, ubicado en la planta baja, avenida 13 de Junio de la ciudad de Araure, municipio Araure del estado Portuguesa, asistidos por la abogada CAROLINA PAOLA CERA CASTAÑEDA, titular de la Cédula de Identida.....