DECISIÓN
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el abogado Roger Arnoldo Valenzuela Gimenez, venezolano, mayor de edad, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 39.261, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FREDDY ALTAGRACIO VALENZUELA GIMENEZ y EVA CRISTINA DURAN BLANCO venezolanos, mayores de edad, Médicos, titulares de las cédulas de identidad N° V-1.117.349 y V-1.129.388, respectivamente, contra el ciudadano VIRGUEZ ESCALONA RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.528.367, en su carácter de representante de la sociedad mercantil SERVICIOS OPTOMETRICOS RAFEL F. P., ya identificada, representado judicialmente por la abogada.....