En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABOGADA PATRICIA LILIANA FIDHEL GONZALES, defensora Pública de adolescente, contra decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2009, por el Juzgado de Control Nº 2 Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa , mediante la cual Decreta DETENCION PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR, conforme a lo previsto en el artículo 559, Ley Orgánica para la Protección de niños y niñas y adolescentes, a la ciudadana: (SE OMITE POR RAZONES DE LEY).