DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación con efecto suspensivo interpuesto por el Abogado ALEXANDER GONZÁLEZ VIZCAYA, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Segundo Circuito; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 28 de Enero de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, mediante la cual se le decretó al ciudadano VÍCTOR ANTONIO RODRÍGUEZ CASTILLO, conforme a lo establecido en el artículo 242 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en su presentación cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo, Extensión Acarigu.....