DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por la Abogado MARIA ESTHER SALDIVIA, en su condición de Apoderada judicial de la empresa Corporación Telemic C.A, víctima en la presente causa, contra la decisión Dictada en fecha 30 de Septiembre del 2004 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la cual se dicto Sentencia Absolutoria a favor de la ciudadana MARLENE COROMOTO DURAN, de conformidad con los artículos 455 y 437, literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia, notifíquese y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
El Juez de Apelación Presidente
Joel Antonio Rivero.
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