DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de diciembre de 2018, en la causa penal Nº PP11-P-2018-002829, por el Abogado CESAR FELIPE RIVERO en su condición de Defensor Privado de la imputada GREGMARY DAYANA TORRES TARAZONA, con ocasión a la decisión dictada en fecha 07 de diciembre de 2018 y publicada en fecha 13 de diciembre de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, todo ello en razón de la expresa autorización de la justiciable, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia, y remít.....