DECISION
En suma, por las razones y motivaciones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dictamina que de los Tribunales en conflicto, el competente para conocer de la presente causa es el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control de la extensión Acarigua, de este Circuito Judicial Penal y así decide. Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua.
Regístrese, déjese copia y remítase las actuaciones seguidamente.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero
La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,
Moraima Look Roomer. .....