Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NARBIS HERRERA PARRA, en su carácter de defensora pública del acusado JOSE AGUSTÍN LEON PIÑA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 25 de julio de 2007, mediante la cual condeno al premencionado ciudadano JOSE AGUSTÍN LEON PIÑA, a cumplir la pena de Doce (12) años de presidio, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, en perjuicio de Willians José Reyes.