En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara con lugar el presente recurso de apelación interpuesto por los abogados, SALVIO RAFAEL YANEZ FERNANDEZ y VICTORIA LOPEZ, defensores del acusado RAMON ANTONIO GUEDEZ AVILA; SEGUNDO: Anula la sentencia publicada en fecha 07-10-2004, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua; TERCERO: Ordena la realización de un nuevo juicio ante un juez, distinto al que dicto la recurrida, de la extensión Acarigua de este Circuito Judicial Penal.