En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar, la pretensión de cumplimiento de contrato y reclamo de daños y perjuicios contractuales, incoada por el ciudadano JORGE HERNÁNDEZ ABRAHAM, actuando en su propio nombre e intereses y en representación de la sociedad de comercio AGROPECUARIA LA ÑAPA C.A., contra el BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la parte actora y queda confirmada en los términos expuestos, la sentencia dictada en fecha 16-09-2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 28.....