En las razones y consideraciones antes expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado RAFAEL DEL CARMEN RAMIREZ MEDINA, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial.
Convóquese al respectivo Suplente Especial en la forma de Ley.