En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por la defensora ad litem de la demandada, Abogada SARA VARGAS, en el presente juicio de resolución de contrato de opción de compraventa, seguido por el ciudadano RAFAEL ZAMBRANO JAUREGUI, contra la ciudadana MONICA YASMIN MATEUS PÉREZ, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del acto de consignación por el Alguacil del a quo, de la boleta de citación de la demandada en fecha 16-11-2009, y de los actos procesales subsiguientes, hasta el presente fallo, exclusive, y se acuerda la reposición de la causa al estado que se proceda nuevamente a la citación de la parte demandada en su domicilio conocido en autos, cual es, la Urbanización Virgen de Coromoto, Sector La Granja, Calle C, Casa Nº 19 de esta ciudad de Guanare.
Queda revocada la sentencia proferida .....