Por los anteriores razonamientos este Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) CON LUGAR la pretensión de Cobro de Bolívares tramitada por el procedimiento de intimación incoada por la ciudadana DAIFRAN MILAGROS SULBARAN VIERA, contra la sociedad mercantil PLANTA DE HIELO, LICORERÍA Y AGENCIA DE FESTEJOS GUANARE, S.A., representada por su presidente ciudadano JHAVE CRISCHE MARÍN CASTELLANOS, en consecuencia se le condena a pagar las siguientes cantidades:
1) Por concepto de capital del préstamo mercantil, la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES BS. 450.000.000,00), hoy equivalente a CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES BS. 450.000,00).
2) Se ordena una experticia complementaria del fallo, tanto para el pago de los intereses moratorios como par.....