-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho presentado en fecha 6 de julio de 2023, por el abogado Wilfredo Bolívar Mendoza, antes identificado, actuando en representación del ciudadano CESAR DAVID GONZÁLEZ PÉREZ, quien a su vez actúa en su condición de DIRECTOR EJECUTIVO NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN DE SCOUTS DE VENEZUELA, contra el auto dictado en fecha 27 de junio de 2023, por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, mediante el cual declaró improcedente la solicitud de regulación de competencia formulada por el recurrente de hecho.
Regístrese y publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala d.....