-VIII-
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha en fecha 24 de noviembre de 2021, por la abogada Aura Pieruzzini Rivero, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Luis Rafael Rodríguez Villegas, parte demandante, contra el auto dictado en fecha 23 de noviembre de 2021, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual negó la ejecución forzosa de la sentencia de merito recaída en la presente causa, en virtud de la decisión dictada por la Sala constitucional "en fecha 29-10-2020, con fundamento en el Decreto 4279 .....