En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos por este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 30 de marzo de 2016, por el Abogado Jesús Edgardo Mendoza Sánchez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: LA NULIDAD de la incidencia del fraude tramitado en el Tribunal de Primera Instancia, con la consecuente REPOSICIÓN al estado de que el mismo sea aperturado y tramitado en cuaderno separado, ordenándose la comparecencia de todos los señalados como coautores del fraude, por lo que, tomando en cue.....