DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica la detención del ciudadano José Ramón Mirabal Díaz, en situación de flagrancia por estar llenos los extremos del artículo 93 de la Ley especial en concordancia con el artículo 248 del texto adjetivo penal.
2.- Se ordena la continuación del proceso por la vía especial conforme al artículo 94 de la ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia en perjuicio de Tisbeli Solórzano.
3.- Se acoge la precalificación jurídica dada por el Fiscal del Ministerio Público como Violencia Física prevista y sancionada en el artículo 42 de la Ley orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, en perjuicio de .....