DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en concordancia con los artículos 248, 250, 256 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve:
PRIMERO: Califica la FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos LUIS HOBERTO PÉREZ PULIDO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.002.103, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 26 de Octubre de 1985, hijo de Santiago Pérez y Yudith Pulido, de ocupación estudiante, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, Vereda 06, casa N° 04, Sector Los Próceres de esta ciudad de Guanare.....