DISPOSITIVA
Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por el Representante del Ministerio Público, considera esta juzgadora que se encuentran llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación, este Tribunal de Primera Instancia con Competencia Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
l) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra del acusado ciudadano Sánchez Carmen Ramón, calificando Jurídicamente por el delito de Detentación de Cartucho de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano.
2) Admite las prueb.....