DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano: Acevedo Marlon Antonio venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 15-06-1970, soltero, de profesión u oficio albañil, titular de la Cédula de Identidad N° 12.011.519, residenciado en la Barrio Maturín, carrera 13 con Avenida los ilustres, casa s/n Guanare Estado Portuguesa; quien el Ministerio Público acusó por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Lozada Gutiérrez Rosa María, por el lapso de un (1) año, imponiéndole la siguiente condición: prohibición de agredir ni acercarse a la victi.....