DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia Estatal y Municipal en Función de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el cese de la medida cautelar sustitutiva impuesta al ciudadano VARGAS DORANTE DANNY DANIEL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.610.995, fecha de nacimiento 09/02/1985, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 28 años de edad, casado, profesión u oficio Chofer, residenciado en la Urb. Virgen de Coromoto, calle F, casa Nº 32 Guanare estado Portuguesa, verificado el cumplimiento de la misma, todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Se ordena a la Secretaria estampar la nota correspondiente en el libro de presentaciones.