Se Ordena la apertura a JUICIO contra el acusado Terán Gil Kelvin Luis, venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 09-11-1988, titular de la cédula de identidad N° 19.533.529, soltero, natural de Guanare Estado Portuguesa, residenciado en la Urbanización José Manuel Ricaurte, sector 09, calle 09, casa N° 13 Guanare Portuguesa, teléfono 0257-2518994, por la comisión del delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16, segundo aparte de la Ley contra el Secuestro y Extorsión, en perjuicio de José Antonio Paramos Álvarez.
Se ratifica la Medida Judicial Privativa de Libertad por cuanto los motivos que fundamentaron su imposición no han variado y se mantiene el centro de reclusión, declarándose sin lugar la solicitud de la Defensa de imponer una medida cautelar sustitutiva de libertad.
Se declara con lugar la solicitud de la Representación Fiscal de remitir copia certificada de la declaración del Ciudadano José Antonio Paramos Álvarez y Copia certificada de la .....