Con fundamento en las consideraciones precedentes realizado el control formal y material de la acusación, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el acusado Gonzalez Pernalete José Ángel, venezolano, titular de la cédula de identidad V-19.071.815, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento (19/09/85), de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio 19 de Abril, avenida 3 con calle 14, casa sin numero, Municipio Guanare Estado Portuguesa, hijo González Pernalete Angelina Del Carmen (V), por la comisión del delito Distribución ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Or.....