DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara como flagrante la aprehensión del imputado RUBÉN DARÍO MONCADA RODRÍGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Derecho a las Mujeres a una vida libre de violencia.
2.- Acuerda la aplicación del procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica del derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
3.- Acoge la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público de Violencia Física previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en perjuicio de Loreida del Carmen Torres.
4) Imp.....