DISPOSITIVA
Revisado el escrito contentivo de la acusación presentado por el Representante del Ministerio Público, considera esta juzgadora que se encuentran llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra las acusadas Johalis del Carmen Torres Heredia y Yessica Beatriz González Marín, por estar llenos los extremos del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Se acoge la calificación Jurídica presentada por el Ministerio Público por el delito de Lesiones Intencionales Leves y Riña, previstos y sancionados en los artícu.....