DISPOSITIVA
Por todos los racionamientos ante expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1 EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
- Se desestima totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el ciudadano Germàn Francisco Medina Aguaje, por la comisión del delito de de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la niña Greymar Susjey Medina González, por considerar este Tribunal que no existe fundamento serio para su enjuiciamiento ante la ausencia del Ministerio Público de discriminar la conducta ilícita en que incurrió el mismo para la comisión del hecho punible que le fuera atribuido.
- Se declara el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con el Artículo 321 en concordancia con el artículo 330 ordinal 03, en relación con el A.....