DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara legítima la aprehensión en flagrancia de la imputada Yulimar Manzanilla de la Cruz, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Acuerda continuar por el procedimiento de juzgamiento para los delitos menos graves, de conformidad con el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Se acoge la precalificación jurídica por delito de trato cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 Ley Orgánica para el Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZONES DE LEY).
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primer.....