DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara legítima la aprehensión en flagrancia del imputado Alejandro David Mendoza, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acoge la precalificación jurídica por el delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Abdón Jesús Colmenares,(occiso).
3.- Se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de cuatro (4) meses, de conformidad con el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, con la condición para el imputado Alejandro David Mendoza, de: Realizar como trabajo comunitario el mantenimiento de las áreas verd.....