DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Función de Control Nº 1, Guanare en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: declinar competencia al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal Extensión Acarigua, siendo el Tribunal solicitante, de conformidad con el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda oficiar al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de que traslade al imputado a la Policía del Estado Portuguesa, a objeto de que traslade al referido ciudadano a la ciudad de Acarigua a la orden del Tribual solicitante, se acuerda librar boleta de traslado. Ofíciese lo conducente.